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Tienen ayuntamientos 45 días para instalar Consejos Municipales de Seguridad Pública

* El Pleno de la 75 Legislatura aprobó reformas a la Ley Orgánica Municipal



En aras de salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como garantizar el orden y la paz pública en los municipios michoacanos, los ayuntamientos tendrán un plazo máximo de 45 días, a partir del inicio de sus funciones, para instalar y operar sus Consejos Municipales de Seguridad Pública.


Lo anterior, como parte de las reformas que aprobó el Congreso de Michoacán a la Ley Orgánica Municipal, con el propósito de garantizar el funcionamiento y operatividad de los citados Consejos.


Asimismo, refiere que el ayuntamiento deberá publicar el Acta de Instalación del Consejo, en el Periódico Oficial del Estado.


De igual forma, otorga a los gobiernos municipales un plazo de 60 días para expedir la reglamentación que mandata el decreto, a partir de la fecha de su publicación.


Este consejo municipal, tendrá las atribuciones y obligaciones que le confiere la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán, mismas que deberán de estar incluidas en su reglamento correspondiente.


En el dictamen elaborado por las comisiones unidas de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales y de Seguridad Pública y de Protección Civil, destaca que, actualmente, la legislación michoacana prevé la obligación de los municipios de establecer Consejos Municipales de Seguridad Pública; sin embargo, no se establece un periodo o tiempo fatal para hacerlo.


De esta manera, señala que sólo 55 municipios han presentado el Acta de Instalación de sus respectivos Consejos Municipales; por ende, se tiene que más de la mitad de los ayuntamientos del Estado, no han presentado evidencia de los referidos consejos.


En atención a esta situación, las y los diputados de la comisión dictaminadora estimaron que es necesario reformar la normatividad, a fin de establecer un término para que los municipios instalen y operen sus Consejos Municipales de Seguridad, para garantizar que estos sean una realidad y que abonen a la seguridad y estabilidad del Estado.

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