* Congreso del Estado aprueba reforma en la que mandata la creación de esas instancias
Los ayuntamientos de Michoacán y el Concejo Mayor de Cherán, tendrán 90 días para crear las Coordinaciones Municipales de Protección Civil o para armonizar su reglamentación, a efecto de asegurar su correcto funcionamiento; un requisito indispensable es que esos organismos deberán ser dirigidos por personas con experiencia comprobable en la materia.
Lo anterior, luego de que las y los legisladores michoacanos votaron a favor del dictamen para reformar el artículo 42 de la Ley de Protección Civil del Estado de Michoacán, presentada por las Comisiones de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales y de Seguridad Pública y Protección Civil, sobre la iniciativa que les fue turnada de los diputados Julieta García Zepeda y Juan Carlos Barragán Vélez.
El ordenamiento jurídico precisa las características que deben contemplarse en la creación de las coordinaciones municipales de protección civil, como lo es el nombramiento de su titular, que a la letra dice: “La Coordinadora o el Coordinador Municipal de Protección Civil será nombrado por los integrantes del Cabildo, por mayoría absoluta de votos a propuesta del Presidente Municipal. Para ser coordinador municipal de protección civil, se deberá contar con experiencia comprobable en materia de Protección Civil”.
De acuerdo con la exposición de motivos, era necesario señalar en el ordenamiento legal los requisitos mínimos para ser titular del área, así como el proceso para su designación, con el fin de coadyuvar a la formulación, organización y ejecución de los planes, medidas y programas de prevención, auxilio y apoyo a la población ante situaciones de riesgo, emergencia o desastre, en su primer nivel de respuesta Estatal.
“En vista de que, según lo indica el Catálogo Electrónico de Legislación del Estado de Michoacán, únicamente se encuentra publicado el Reglamento de Protección Civil de 65 Municipios, de los que únicamente 15 están actualizados, es por ello que se requiere que todos tengan sus instrumentos jurídicos al día”, detalla el dictamen.
Por ello, en el transitorio segundo, diputados puntualizaron que los ayuntamientos del Estado y el Concejo Mayor de Cherán tendrán 90 días, a partir de la entrada en vigor de la norma, para crear o armonizar su reglamentación municipal correspondiente con lo mandatado en el decreto hoy aprobado.
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